CAMBIO EN EL EQUIPO: VENCE PLAZO PARA DESVINCULAR E INTEGRAR A FUNCIONARIOS PÚBLICOS REGIONALES

Este miércoles se debieran proponer las renovaciones de contrato de la totalidad de funcionarios públicos que no son «de planta» (que se caracterizan por ser inamovibles) o que trabajan a honorarios, o sea, quienes trabajan «a contrata» y cuyos cargos deben renovarse año a año, antes del 1° de diciembre.

Efectivamente, la Ley que rige a la administración pública señala que cada año debe proponerse la renovación de las «contratas» y en caso contrario, llegan trabajando sólo hasta fin de año.

Así, según la Ley «los empleos a contrata durarán, como máximo, sólo hasta el 31 de diciembre de cada año y los empleados que los sirvan expirarán en sus funciones en esa fecha, por el sólo ministerio de la ley, salvo que hubiere sido propuesta la prórroga con treinta días de anticipación a lo menos».

Por tanto, durante esta jornada se deberían enviar todas las cartas de aviso de renovación de contrata y a quienes no se les envíe, deben entender que su contrato termina este año y estarían despedidos en forma virtual. No obstante lo anterior, no todo estaría perdido, porque al inicio del Gobierno del ex-Presidente Sebastián Piñera, la Contraloría General de la República a través de su Dictamen N°6400, publicado el día 3 marzo de 2018, actualizó las instrucciones pertinentes, así como los criterios complementarios en torno a Confianza Legítima para los funcionarios a contrata del sector público.

Sobre ello, la abogada laboral Valeri Barra refirió:

«Este principio opera como una protección laboral, puesto que entiende que se genera la confianza legítima de que la renovación de la contrata será repetida en el futuro”, a lo que también agregó:

«De esta forma, si un funcionario público ha estado más de dos años completos o ha tenido dos o más renovaciones de contrata consecutiva, sin interrupción entre una designación y la siguiente, no podría ser despedido, no obstante que en los servicios publico lo hacen igual».

Por lo mismo, y tal como señala Barra, que también es experta en Derecho Administrativo y en temas públicos, no hay que quedar de brazos cruzados, por lo que se debe pelear hasta el final por sus derechos.

«El funcionario puede reclamar a la Contraloría General de la República en un plazo de 10 días hábiles desde que se notifica el acto administrativo. O bien,  recurrir mediante una acción de protección ante la Corte de Apelaciones, dentro de los 30 días corridos desde recibida la notificación«, expresa. «En caso de obtener una sentencia favorable en la Contraloría o en la Corte de Apelaciones, se obligará al Servicio Público a renovar la contratación del funcionario por todo el año siguiente o lo que reste para culminar su periodo, manteniéndose la «confianza legítima» para el año siguiente«, finalizó.

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